Las condiciones de salud varían de una persona a otra. Algunos poseen una salud envidiable; otros, en cambio, padecen enfermedades de base que no pasan por desapercibidas por las aseguradoras.
Si le preocupa el tema de las coberturas de enfermedades preexistentes y necesita conocer más detalles, quédese con Dulcinea Insurance. Al final puede comunicarse a través del 786-910-9487: nuestros especialistas estarán esperando por su llamado.
¿Qué se considera preexistencia?
Las enfermedades preexistentes son todas aquellas discapacidades, patologías y enfermedades que padece una persona antes de contratar un seguro médico.
Pueden considerarse condiciones preexistentes los padecimientos crónicos como el cáncer, la diabetes, la epilepsia, el lupus o la depresión. Pero condiciones menos graves como el acné, el asma bronquial, la ansiedad y apnea del sueño en ocasiones también son tenidas en cuenta.
Dentro del grupo de enfermedades preexistentes también quedan incluidas las que son asintomáticas.
¿Cómo son entendidas las coberturas de enfermedades preexistentes?
Este es un punto al que la mayoría de las compañías aseguradoras le prestan especial atención. Y se debe a que la preexistencia en un seguro médico tiene que quedar bien registrada.
Esto significa, que la condición de salud de la persona que solicita la cobertura debe haber sido diagnosticada con anterioridad. Para las aseguradoras también cuenta el hecho que los síntomas de la enfermedad sean evidentes y, por supuesto, que ya haya generado gastos médicos.
¿Cómo las compañías conocen las preexistencias médicas de cada cliente?
Un paso inviolable antes de contratar una póliza es llenar el cuestionario de salud. Las compañías aseguradoras exigen en el formulario que usted declare si padece o ha padecido alguna enfermedad.
Usted debe especificar, además, si la persona interesada en la cobertura ha sufrido lesiones o si se ha sometido a operaciones quirúrgicas.
¿Qué hacen las aseguradoras con la información del cuestionario de salud?
La información que usted declara en el cuestionario de salud es la base para que las compañías aseguradoras decidan si aceptan o no su solicitud. Es decir, las aseguradoras tienden a valorar el riesgo que asumen al cubrir a una persona. También, pueden excluir algunas coberturas del seguro.
¿Cómo asumen las aseguradoras las enfermedades preexistentes asintomáticas?
Estos casos son los más polémicos. Precisamente, por ser asintomáticas, la persona desconoce su condición médica.
Pero en cualquier caso, si está inscrito en un plan de salud usted tiene la tranquilidad de que:
- Los planes del Mercado deben cubrir el tratamiento. Aquí se incluyen programas del gobierno como Medicaid, Madicare y el Seguro Médico para los Niños (CHIP).
- Ningún plan de salud puede rechazarlo y tampoco cobrarle más en función de su salud.
- No pueden negarse a pagar por los beneficios de salud esenciales para ninguna condición que usted tenga antes de dar inicio a la cobertura.
¿Los planes de derechos adquiridos también están obligados a considerar las enfermedades preexistentes?
No están obligados. De hecho tampoco están obligados a cubrir cuidados preventivos. Si usted está en esa situación aconsejamos algo: cámbiese, durante el Período de Inscripción Abierta, a un plan del Mercado que cubra las enfermedades preexistentes.
Otra opción es adquirir un nuevo plan una vez que finalice el de derechos adquiridos. Tenga en cuenta que en ese momento calificará para el Período Especial de Inscripción.
¿Qué pasa si no se declaran enfermedades preexistentes?
No es aconsejable. Si usted no declara enfermedades preexistentes y necesitara tratamiento antes de cumplir el primer año de contratada su cobertura, la aseguradora podría exigirle un informe para comprobar su estado de salud.
Como resultado, es muy probable que la compañía de seguro coloque una cláusula adicional a su contrato de salud. Este apartado, conocido como “exclusión”, básicamente implicará que el seguro no se responsabiliza por su patología.
En otras palabras, la compañía puede negarse a cubrir los gastos de su enfermedad. La aseguradora puede ir más allá y anular la cobertura en base a su mentira u omisión.
¿Qué sucede en caso de embarazo?
Todas las mujeres que se inscriban tienen el embarazo cubierto desde el primer día que comience su plan de salud. Incluso, si en el momento de solicitar la cobertura médica ya está en estado, ninguna aseguradora puede rechazar ni cobrarle más por su condición.
Si aún no hemos respondido todas sus preguntas sobre las coberturas de enfermedades preexistentes, llámenos al 786-910-9487. Estaremos felices de atenderle. En Dulcinea Insurance trabajamos por usted.